Registro de propiedad intelectual
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La inscripción de una obra en el Registro de la Propiedad Intelectual no resulta obligatoria a los efectos de obtener la protección jurídica de una obra de arte o literaria. Ahora bien, la adecuada protección de los derechos de los autores aconseja que se lleve a cabo el registro de las obras de arte o literarias ante el Registro de la Propiedad Intelectual.
Legalmente los autores se encuentran protegidos por el simple hecho de haber sido los creadores de una obra. Sin embargo, el hecho de tener registradas dichas creaciones en el Registro de la Propiedad Industrial constituye una ventaja para su titular, ya que supone tener una prueba cualificada sobre la fecha de creación ante una reclamación, incluso funciona como medida disuasoria ante posibles intereses de terceros, “ya que permite la publicación de las creaciones señalados con el símbolo de Copyright ©.
En este sentido, hemos de destacar la importancia que posee la realización de un correcto registro de la propiedad intelectual de las obras y creaciones artísticas o literarias, que constituye un requisito primordial ante un eventual proceso judicial por plagio o copia.
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